Justicia respalda a carabinera por mirar WhatsApp abierto

La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por un carabinero contra una colega que lo denunció por mensajes ofensivos contra ella en una sesión de WhatsApp que él dejó abierta.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 12 de junio de 2025 - 10:26 pm

La Corte Suprema estimó que no hubo acción ilícita de la carabinera. Foto: ARCHIVO (REFERENCIAL)

La Corte Suprema resolvió un singular caso que tuvo como protagonistas a dos funcionarios de Carabineros de la región de Atacama. Una carabinera detectó que su compañero había dejado abierta su sesión de WhatsApp en un computador de uso compartido dentro del retén.

Al ver la pantalla, la funcionaria encontró mensajes ofensivos hacia ella. Así que decidió imprimir parte del contenido y reportó el caso a sus superiores.

El aludido presentó un recurso de protección, alegando vulneración de su vida privada.

No hubo acción ilícita

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el reclamo, y la Corte Suprema ratificó la decisión.

El tribunal superior argumentó que, al tratarse de un equipo institucional y compartido, existía una “cesión tácita de acceso” al no cerrar la sesión.

De tal forma que responsabilizó al funcionario por no resguardar sus propios datos personales.

El fallo sentó un precedente sobre la privacidad en contextos laborales.

Según el dictamen, no hubo una acción ilícita ni vulneración informática, pues la funcionaria accedió a información visible, sin aplicar mecanismos intrusivos o hackeos.

Advertencia sobre dispositivos institucionales

En otras palabras, cuando se trata de computadores compartidos, el usuario debe asegurarse de proteger su privacidad.

La sentencia reafirma la importancia de la responsabilidad individual en el uso de plataformas digitales en entornos de trabajo.

Y especialmente en instituciones, donde varios funcionarios utilizan los mismos dispositivos a diario.

El dictamen zanja así un debate sobre privacidad digital y delimita claramente los márgenes de protección en el uso de tecnologías dentro del espacio institucional.