Sernac advierte de obligaciones de las empresas ante Zona de Catástrofe

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Por El Ágora
Actualizado el 17 de junio de 2024 - 9:40 am

La alteración fraudulenta de precios está tipificada como un delito de acuerdo al Código Penal.

Por EL ÁGORA / Foto (referencial): ARCHIVO

En el marco de las emergencias provocadas por el sistema frontal y tras el decreto de Zona de Catástrofe para las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) recuerda las obligaciones que tienen las empresas ante este tipo de situaciones.

La Ley del Consumidor regula la venta de productos o servicios, impidiendo, por ejemplo, que ésta se desarrolle en condiciones abusivas, o que se induzca a error o engaño respecto de su precio, características u otros aspectos relevantes.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones, desde el año 2023, la alteración fraudulenta de los precios está tipificada como un delito en el Código Penal.

La Zona de Catástrofe permite que se persigan y sancionen este tipo de delitos, con penas de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años) a las personas que incurran en prácticas como:

-Acaparamiento de bienes de primera necesidad.

-Manipulación de precios.

-Venta de alimentos riesgosos.

De acuerdo a lo anterior, el llamado a las empresas es a no obtener provechos ilegítimos a partir de la contingencia nacional, y a ser especialmente diligentes y profesionales en la comercialización de bienes y servicios, considerando la gravedad de la tragedia que ha afectado a cientos de familias.